Que Significa La Publicación De La Ley TEA Para Nuestro País Y La Región De Los Lagos

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LEY TEA BUSCA ATENCIÓN INTEGRAL Y LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON TRASTORNO DEL ESPECTRO AUTISTA EN EL ÁMBITO SOCIAL, DE SALUD Y EDUCACIÓN

La Directora Regional del SENADIS, Jessica Droppelmann junto a Loreto Kemp, Presidenta de la Agrupación Te Abrazo Puerto Varas además Presidenta Unión comunal de la discapacidad Puerto Varas y vocera de organizaciones en torno al autismo del sur de Chile informaron detalles de lo que significa la publicación de la Ley TEA para nuestro país y la región de Los Lagos.

La nueva normativa tiene como objetivo asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades y resguardar la inclusión social de los niños, niñas, adolescentes (NNA) y adultos con TEA. Terminando con cualquier forma de discriminación, para promover un abordaje integral de dichas personas en el ámbito social, de la salud y la educación.

La Ley 21.545 fue publicada en el Diario Oficial la semana pasada por el Presidente de la República, Gabriel Boric. El objeto de esta ley es “asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades y resguardar la inclusión social de los niños, niñas, adolescentes y adultos con trastorno del espectro autista, eliminando cualquier forma de discriminación; promover un abordaje integral de dichas personas en el ámbito social, de la salud y de la educación; y concientizar a la sociedad sobre esta temática. Lo anterior, sin perjuicio de los demás derechos, beneficios o garantías contempladas en otros cuerpos legales o normativos y en los tratados internacionales ratificados por Chile que se encuentren vigentes.”

La ley tiene 25 artículos permanentes divididos en cinco títulos: el primero de Disposiciones Generales, el segundo de Deberes del Estado, el tercero sobre atención de salud, el cuarto sobre derechos en el ámbito educacional y el quinto sobre disposiciones finales. Adicionalmente, se establecen 4 artículos transitorios. Los principios que guían la aplicación de la ley son:

•             Trato digno,

•             Autonomía progresiva,

•             Perspectiva de género,

•             Intersectorialidad,

•             Participación y diálogo social,

•             Neurodiversidad,

•             Detección temprana y

•             Seguimiento continuo.

Más detalles de la ley en: https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2023/03/10/43498/01/2284193.pdf

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